Modificación de residencia a residencia y trabajo por cuenta propia

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¿Eres titular de una autorización de residencia y deseas trabajar por cuenta propia en España? En González & Pulido Abogados, especialistas en extranjería en Madrid, te explicamos cómo realizar la modificación de residencia a residencia y trabajo por cuenta propia. Confía en los mejores abogados de extranjería para gestionar tu trámite con éxito.

💡 ¿Qué es esta Modificación?

Es una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia dirigida a trabajadores que llevan al menos un año en situación de residencia en España. En casos excepcionales, se puede solicitar antes de cumplir el año si existen circunstancias sobrevenidas que justifiquen la necesidad de trabajar.

📜 Normativa Aplicable

  1. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (artículos 36 y 38).
  2. Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios.
  3. Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 200).
  4. Instrucción DGI/SGRJ/05/2007, sobre informes para la valoración del cumplimiento de requisitos reglamentarios.

✅ Requisitos para la Modificación

  1. Haber estado al menos un año en situación de residencia. En casos excepcionales, se podrá solicitar antes si se acredita la necesidad de trabajar por circunstancias sobrevenidas.
  2. Carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia previa.
  3. No tener prohibida la entrada en España ni figurar como rechazable en países con acuerdos de readmisión.
  4. Cumplir los requisitos legales para la apertura y funcionamiento de la actividad.
  5. Poseer la cualificación profesional exigida o experiencia acreditada, y en su caso, estar colegiado si la profesión lo requiere.
  6. Acreditar la inversión económica suficiente y, si aplica, la creación de empleo.
  7. Demostrar recursos económicos suficientes para manutención y alojamiento, deducidos los necesarios para el mantenimiento de la actividad.

Si necesitas ayuda con la solicitud de arraigo familiar o cualquier otro procedimiento de extranjería en España, en González & Pulido Abogados contamos con un equipo de abogados especializados que te asesorarán en todo momento. Contáctanos para resolver cualquier duda y gestionar tu solicitud de forma eficiente y profesional.

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📋 Documentación Necesaria

Para el solicitante:

  1. Formulario EX-07, cumplimentado y firmado.
  2. Copia completa del pasaporte o título de viaje en vigor.
  3. Declaración responsable o comunicación previa, en caso de actividades comerciales minoristas o prestación de servicios (según Ley 12/2012).
  4. Relación de autorizaciones o licencias necesarias, para actividades fuera del ámbito de la Ley 12/2012.
  5. Documentación que acredite la cualificación profesional, si aplica.
  6. Acreditación de inversión económica suficiente o compromiso de apoyo financiero.
  7. Proyecto de establecimiento o actividad, incluyendo inversión prevista, rentabilidad esperada y puestos de trabajo a crear.
  8. Informe de valoración emitido por entidades autorizadas, como ATA, UPTA, CIAE, OPA o UATAE (opcional, pero recomendable).

Importante: Los documentos extranjeros deben ser traducidos al español por un traductor jurado y legalizados o apostillados según el Convenio de La Haya.

💼 Procedimiento para la Modificación

  1. Sujeto legitimado: El solicitante debe presentar la solicitud personalmente.
  2. Lugar de presentación:
    • Presencialmente, en la Oficina de Extranjería correspondiente.
    • Electrónicamente, a través de la plataforma Mercurio.
  3. Tasas:
    • Modelo 790, Código 052: «renovación de autorización de residencia temporal».
    • Modelo 790, Código 062: «autorizaciones de trabajo por cuenta propia».

⏳ Plazos y Vigencia

  • Resolución: Hasta tres meses desde la entrada de la solicitud en el registro correspondiente. Si no se notifica resolución, se entiende desestimada por silencio administrativo.
  • Vigencia: La autorización concedida estará condicionada a la afiliación y alta en Seguridad Social.

🤝 ¿Cómo Ayudamos en González & Pulido Abogados?

En González & Pulido Abogados, somos expertos en extranjería en Madrid y te ayudaremos con:

  • Revisión detallada de tu documentación.
  • Preparación y presentación de tu solicitud.
  • Asesoramiento completo durante todo el proceso.

Algunos casos de éxito

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