Renovación de residencia por trabajo cuenta ajena / propia

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Renovación de la Autorización de Residencia y Trabajo: Por Cuenta Ajena y Por Cuenta Propia

¿Necesitas renovar tu autorización de residencia y trabajo en España? En González & Pulido Abogados, especialistas en extranjería en Madrid, te explicamos cómo realizar correctamente la renovación de tu autorización, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia. Confía en los mejores abogados de extranjería para asegurar un trámite rápido y sin problemas.

💡 Tipos de Renovación

  1. Renovación por Cuenta Ajena: Dirigida a trabajadores que desean continuar con su relación laboral o buscar nuevas oportunidades laborales.
  2. Renovación por Cuenta Propia: Dirigida a trabajadores autónomos que desean seguir desarrollando su actividad económica en España.

📜 Normativa Aplicable

  1. Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.
  2. Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.

✅ Requisitos Generales para Ambas Renovaciones

  1. No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza.
  2. Carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia previa.
  3. No tener prohibida la entrada en España ni figurar como rechazable en otros países con acuerdos de readmisión.
  4. Acreditar la escolarización de menores a cargo en edad de escolarización obligatoria.
  5. Abonar las tasas correspondientes.

Requisitos Específicos para la Renovación por Cuenta Ajena

  1. Mantener la relación laboral que dio origen a la autorización.
  2. Haber trabajado al menos tres meses por año en los últimos 12 meses y:
    • Tener un contrato en vigor o un nuevo contrato que cumpla con los requisitos legales.
    • Acreditar la búsqueda activa de empleo.
  3. Ser beneficiario de prestaciones económicas, como:
    • Prestación contributiva de desempleo.
    • Prestación asistencial para inserción laboral o social.
  4. Haber estado en alta en la Seguridad Social durante un mínimo de nueve meses en un año o dieciocho meses en dos años.

Requisitos Específicos para la Renovación por Cuenta Propia

  1. Continuar con la actividad económica que dio origen a la autorización, cumpliendo con las obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
  2. Ser beneficiario de la protección por cese de actividad.
  3. Contar con un cónyuge o pareja que cumpla los requisitos económicos para la reagrupación.

Si necesitas ayuda con la solicitud de arraigo familiar o cualquier otro procedimiento de extranjería en España, en González & Pulido Abogados contamos con un equipo de abogados especializados que te asesorarán en todo momento. Contáctanos para resolver cualquier duda y gestionar tu solicitud de forma eficiente y profesional.

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📋 Documentación Necesaria

Documentos Comunes:

  1. Formulario oficial (EX-03 o EX-07), según el tipo de renovación.
  2. Copia completa del pasaporte o título de viaje en vigor.
  3. Informe de escolarización de menores a cargo (si aplica).
  4. Informe de integración de la Comunidad Autónoma, si es necesario.

Documentos Específicos por Tipo de Renovación:

  • Por Cuenta Ajena:
    • Acreditación de la relación laboral en vigor, un nuevo contrato o la búsqueda activa de empleo.
    • Documentación que acredite prestaciones contributivas o asistenciales, si aplica.
    • Pruebas de haber estado en alta en la Seguridad Social, si aplica.
  • Por Cuenta Propia:
    • Acreditación de la actividad económica y el cumplimiento de obligaciones fiscales.
    • Documentación que acredite la protección por cese de actividad, si aplica.
    • Documentación que demuestre la capacidad económica del cónyuge, si aplica.

Importante: Todos los documentos extranjeros deben estar traducidos al español por un traductor jurado y legalizados o apostillados según el Convenio de La Haya.

💼 Procedimiento para la Renovación

  1. Sujeto legitimado: El solicitante puede presentar la solicitud personalmente o mediante representante autorizado.
  2. Lugar de presentación:
    • Presencialmente, en la Oficina de Extranjería correspondiente.
    • Electrónicamente, a través de la plataforma Mercurio.
  3. Plazo de solicitud:
    • Durante los 60 días previos a la caducidad.
    • Hasta 90 días posteriores a la caducidad, con posible sanción.

⏳ Plazos y Vigencia

  • Plazo de resolución: Hasta tres meses desde la entrada de la solicitud en el registro correspondiente.
  • Vigencia de la renovación:
    • Por cuenta ajena: Cuatro años, salvo que corresponda la residencia de larga duración.
    • Por cuenta propia: Cuatro años, habilitando también para trabajar por cuenta ajena.

📋 Solicitud de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)

Tras la resolución favorable, el solicitante debe solicitar su TIE en un plazo de un mes. Los requisitos incluyen:

  1. Formulario EX-17.
  2. Justificante del abono de la tasa correspondiente.
  3. Una fotografía reciente en color, tamaño carné.

🤝 ¿Cómo Ayudamos en González & Pulido Abogados?

En González & Pulido Abogados, somos expertos en extranjería en Madrid y podemos ayudarte con:

  • Revisión exhaustiva de tu documentación.
  • Preparación y presentación de tu solicitud.
  • Asesoramiento integral durante todo el proceso.

Algunos casos de éxito

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