
Renovación de la Autorización de Residencia y Trabajo: Por Cuenta Ajena y Por Cuenta Propia
¿Necesitas renovar tu autorización de residencia y trabajo en España? En González & Pulido Abogados, especialistas en extranjería en Madrid, te explicamos cómo realizar correctamente la renovación de tu autorización, ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia. Confía en los mejores abogados de extranjería para asegurar un trámite rápido y sin problemas.
💡 Tipos de Renovación
- Renovación por Cuenta Ajena: Dirigida a trabajadores que desean continuar con su relación laboral o buscar nuevas oportunidades laborales.
- Renovación por Cuenta Propia: Dirigida a trabajadores autónomos que desean seguir desarrollando su actividad económica en España.
📜 Normativa Aplicable
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social.
- Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
✅ Requisitos Generales para Ambas Renovaciones
- No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia previa.
- No tener prohibida la entrada en España ni figurar como rechazable en otros países con acuerdos de readmisión.
- Acreditar la escolarización de menores a cargo en edad de escolarización obligatoria.
- Abonar las tasas correspondientes.
Requisitos Específicos para la Renovación por Cuenta Ajena
- Mantener la relación laboral que dio origen a la autorización.
- Haber trabajado al menos tres meses por año en los últimos 12 meses y:
- Tener un contrato en vigor o un nuevo contrato que cumpla con los requisitos legales.
- Acreditar la búsqueda activa de empleo.
- Ser beneficiario de prestaciones económicas, como:
- Prestación contributiva de desempleo.
- Prestación asistencial para inserción laboral o social.
- Haber estado en alta en la Seguridad Social durante un mínimo de nueve meses en un año o dieciocho meses en dos años.
Requisitos Específicos para la Renovación por Cuenta Propia
- Continuar con la actividad económica que dio origen a la autorización, cumpliendo con las obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
- Ser beneficiario de la protección por cese de actividad.
-
Contar con un cónyuge o pareja que cumpla los requisitos económicos para la reagrupación.
Si necesitas ayuda con la solicitud de arraigo familiar o cualquier otro procedimiento de extranjería en España, en González & Pulido Abogados contamos con un equipo de abogados especializados que te asesorarán en todo momento. Contáctanos para resolver cualquier duda y gestionar tu solicitud de forma eficiente y profesional.
Contáctanos sin compromiso, te ayudaremos📋 Documentación Necesaria
Documentos Comunes:
- Formulario oficial (EX-03 o EX-07), según el tipo de renovación.
- Copia completa del pasaporte o título de viaje en vigor.
- Informe de escolarización de menores a cargo (si aplica).
- Informe de integración de la Comunidad Autónoma, si es necesario.
Documentos Específicos por Tipo de Renovación:
- Por Cuenta Ajena:
- Acreditación de la relación laboral en vigor, un nuevo contrato o la búsqueda activa de empleo.
- Documentación que acredite prestaciones contributivas o asistenciales, si aplica.
- Pruebas de haber estado en alta en la Seguridad Social, si aplica.
- Por Cuenta Propia:
- Acreditación de la actividad económica y el cumplimiento de obligaciones fiscales.
- Documentación que acredite la protección por cese de actividad, si aplica.
- Documentación que demuestre la capacidad económica del cónyuge, si aplica.
Importante: Todos los documentos extranjeros deben estar traducidos al español por un traductor jurado y legalizados o apostillados según el Convenio de La Haya.
💼 Procedimiento para la Renovación
- Sujeto legitimado: El solicitante puede presentar la solicitud personalmente o mediante representante autorizado.
- Lugar de presentación:
- Presencialmente, en la Oficina de Extranjería correspondiente.
- Electrónicamente, a través de la plataforma Mercurio.
- Plazo de solicitud:
- Durante los 60 días previos a la caducidad.
- Hasta 90 días posteriores a la caducidad, con posible sanción.
⏳ Plazos y Vigencia
- Plazo de resolución: Hasta tres meses desde la entrada de la solicitud en el registro correspondiente.
- Vigencia de la renovación:
- Por cuenta ajena: Cuatro años, salvo que corresponda la residencia de larga duración.
- Por cuenta propia: Cuatro años, habilitando también para trabajar por cuenta ajena.
📋 Solicitud de la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
Tras la resolución favorable, el solicitante debe solicitar su TIE en un plazo de un mes. Los requisitos incluyen:
- Formulario EX-17.
- Justificante del abono de la tasa correspondiente.
- Una fotografía reciente en color, tamaño carné.
🤝 ¿Cómo Ayudamos en González & Pulido Abogados?
En González & Pulido Abogados, somos expertos en extranjería en Madrid y podemos ayudarte con:
- Revisión exhaustiva de tu documentación.
- Preparación y presentación de tu solicitud.
- Asesoramiento integral durante todo el proceso.
Algunos casos de éxito
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