
Autorización de Residencia Temporal por Circunstancias Excepcionales: Arraigo Laboral
¿Te encuentras en situación irregular en España y has trabajado en el país durante al menos seis meses? En González & Pulido Abogados, especialistas en extranjería en Madrid, te ayudamos a gestionar tu autorización de residencia temporal por arraigo laboral. Confía en los mejores abogados de extranjería en Madrid para asegurar un trámite rápido y sin problemas.
💡 ¿Qué es la Autorización de Residencia Temporal por Arraigo Laboral?
Es una modalidad de residencia que permite a los ciudadanos extranjeros en situación irregular regularizar su estancia en España. Este permiso se concede a quienes han estado trabajando legalmente en el país durante al menos seis meses. Incluye el derecho a trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.
📜 Normativa Legal Relacionada
La autorización de residencia temporal por arraigo laboral se basa en las siguientes normativas:
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España.
- Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.
✅ Requisitos para Solicitarla
Debes cumplir con los siguientes requisitos:
- No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos países.
- No tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas residido en los últimos 5 años.
- No estar prohibido para entrar en España ni figurar como rechazable en países con acuerdos de rechazo con España.
- Haber permanecido en España de forma continuada durante al menos 2 años, con ausencias no superiores a 90 días.
- Acreditar haber estado trabajando legalmente en España durante un mínimo de 6 meses.
Si necesitas ayuda con la solicitud de arraigo laboral o cualquier otro procedimiento de extranjería en España, en González & Pulido Abogados contamos con un equipo de abogados especializados que te asesorarán en todo momento. Contáctanos para resolver cualquier duda y gestionar tu solicitud de forma eficiente y profesional.
Contáctanos sin compromiso, te ayudaremos📋 Documentación Necesaria
Para presentar la solicitud, necesitas los siguientes documentos:
- Formulario oficial EX-10, cumplimentado y firmado.
- Pasaporte válido con al menos 4 meses de vigencia.
- Prueba de permanencia continuada en España, como empadronamiento o documentos médicos.
- Certificado de antecedentes penales de los últimos 5 años.
- Documentación que acredite haber estado trabajando legalmente en España de al menos 6 meses.
Importante: Los documentos extranjeros deben estar traducidos al español por un traductor jurado y legalizados o apostillados según corresponda.
🛠 Procedimiento para Solicitar la Autorización
- ¿Quién puede solicitarla? El extranjero personalmente o un representante legal, en caso de ser menor o incapaz.
- ¿Dónde presentar la solicitud? En la Oficina de Extranjería correspondiente.
- Tasa de solicitud: Debe abonarse al momento de la admisión a trámite (Modelo 790, código 052).
- Plazo de resolución: El máximo es de 3 meses. Si no hay respuesta, se considerará desestimada por silencio administrativo.
⏳ Vigencia y Renovación
La autorización tiene una vigencia inicial de 1 año, tras lo cual puedes renovarla o solicitar una autorización de residencia y trabajo.
📋 Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
Una vez aprobada la autorización, deberás solicitar tu TIE dentro del plazo de un mes, aportando:
- Formulario EX-17.
- Justificante del pago de la tasa correspondiente.
- Fotografía tamaño carné.
🤝 ¿Cómo Ayudamos en González & Pulido Abogados?
En González & Pulido Abogados, te ofrecemos:
- Revisión exhaustiva de tu documentación.
- Preparación y presentación de tu solicitud.
- Asesoramiento integral durante todo el proceso.
Algunos casos de éxito
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