Residencia por arraigo laboral

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Autorización de Residencia Temporal por Circunstancias Excepcionales: Arraigo Laboral

¿Te encuentras en situación irregular en España y has trabajado en el país durante al menos seis meses? En González & Pulido Abogados, especialistas en extranjería en Madrid, te ayudamos a gestionar tu autorización de residencia temporal por arraigo laboral. Confía en los mejores abogados de extranjería en Madrid para asegurar un trámite rápido y sin problemas.

💡 ¿Qué es la Autorización de Residencia Temporal por Arraigo Laboral?

Es una modalidad de residencia que permite a los ciudadanos extranjeros en situación irregular regularizar su estancia en España. Este permiso se concede a quienes han estado trabajando legalmente en el país durante al menos seis meses. Incluye el derecho a trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

📜 Normativa Legal Relacionada

La autorización de residencia temporal por arraigo laboral se basa en las siguientes normativas:

  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España.
  • Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril.

Requisitos para Solicitarla

Debes cumplir con los siguientes requisitos:

  1. No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos países.
  2. No tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas residido en los últimos 5 años.
  3. No estar prohibido para entrar en España ni figurar como rechazable en países con acuerdos de rechazo con España.
  4. Haber permanecido en España de forma continuada durante al menos 2 años, con ausencias no superiores a 90 días.
  5. Acreditar haber estado trabajando legalmente en España durante un mínimo de 6 meses.

Si necesitas ayuda con la solicitud de arraigo laboral o cualquier otro procedimiento de extranjería en España, en González & Pulido Abogados contamos con un equipo de abogados especializados que te asesorarán en todo momento. Contáctanos para resolver cualquier duda y gestionar tu solicitud de forma eficiente y profesional.

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📋 Documentación Necesaria

Para presentar la solicitud, necesitas los siguientes documentos:

  • Formulario oficial EX-10, cumplimentado y firmado.
  • Pasaporte válido con al menos 4 meses de vigencia.
  • Prueba de permanencia continuada en España, como empadronamiento o documentos médicos.
  • Certificado de antecedentes penales de los últimos 5 años.
  • Documentación que acredite haber estado trabajando legalmente en España de al menos 6 meses.

Importante: Los documentos extranjeros deben estar traducidos al español por un traductor jurado y legalizados o apostillados según corresponda.

🛠 Procedimiento para Solicitar la Autorización

  • ¿Quién puede solicitarla? El extranjero personalmente o un representante legal, en caso de ser menor o incapaz.
  • ¿Dónde presentar la solicitud? En la Oficina de Extranjería correspondiente.
  • Tasa de solicitud: Debe abonarse al momento de la admisión a trámite (Modelo 790, código 052).
  • Plazo de resolución: El máximo es de 3 meses. Si no hay respuesta, se considerará desestimada por silencio administrativo.

Vigencia y Renovación

La autorización tiene una vigencia inicial de 1 año, tras lo cual puedes renovarla o solicitar una autorización de residencia y trabajo.

📋 Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE)
Una vez aprobada la autorización, deberás solicitar tu TIE dentro del plazo de un mes, aportando:

  • Formulario EX-17.
  • Justificante del pago de la tasa correspondiente.
  • Fotografía tamaño carné.

🤝 ¿Cómo Ayudamos en González & Pulido Abogados?

En González & Pulido Abogados, te ofrecemos:

  • Revisión exhaustiva de tu documentación.
  • Preparación y presentación de tu solicitud.
  • Asesoramiento integral durante todo el proceso.

Algunos casos de éxito

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