
Residencia para Profesionales Altamente Cualificados: Todo lo que Necesitas Saber
En González & Pulido Abogados, especialistas en extranjería en Madrid, te ayudamos a gestionar tu residencia para profesionales altamente cualificados, un permiso diseñado para atraer talento internacional y promover el crecimiento económico en España. Esta autorización permite a profesionales cualificados residir y trabajar en el país con una duración inicial de tres años, renovable por dos años más. Confía en los mejores abogados de extranjería para garantizar un proceso ágil y efectivo.
💡 ¿Qué es la Residencia para Profesionales Altamente Cualificados?
Es una autorización de residencia temporal y trabajo que permite a profesionales altamente cualificados residir y desempeñar su actividad laboral en España. Está dirigida a trabajadores en puestos estratégicos, directivos, investigadores y expertos técnicos con formación superior o experiencia equivalente.
Esta autorización tiene una vigencia inicial de tres años (o el tiempo que dure la relación laboral) y es renovable por dos años adicionales.
📜 Normativa Aplicable
Este permiso está regulado por:
- Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.
✅ Requisitos para Solicitar la Residencia para Profesionales Altamente Cualificados
Por parte del trabajador:
- No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza, ni familiar de estos.
- Encontrarse de manera regular en España o realizar la solicitud desde el país de origen.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia de los últimos cinco años.
- Tener la capacitación profesional exigida para el puesto (títulos homologados, si corresponde) o contar con 3 años de experiencia profesional en funciones análogas.
- Abonar las tasas correspondientes: Modelo 790, código 038, por importe de 73,26 €.
Por parte del empleador:
- Contrato de trabajo firmado por ambas partes, que garantice:
- Condiciones ajustadas al convenio colectivo.
- Un salario bruto anual que cumpla con los mínimos establecidos:
- Directivos: 54.142 €.
- Técnicos y profesionales científicos: 40.077 €.
- Reducción del 0,75 % para PYMEs estratégicas o profesionales menores de 30 años.
- Perfil del puesto de trabajo, detallando funciones, requisitos, salario, y código del Catálogo Nacional de Ocupaciones (CNO).
- Declaración de responsabilidad de cumplimiento de obligaciones fiscales y de Seguridad Social.
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Contáctanos sin compromiso, te ayudaremos📋 Documentación Necesaria
Para tramitar la residencia, se debe presentar:
Documentos del trabajador:
- Fotocopia completa del pasaporte.
- Certificado de antecedentes penales, del país de origen y España.
- Declaración de inexistencia de antecedentes penales en los últimos cinco años.
- Curriculum vitae.
- Título de educación superior o acreditación de experiencia profesional equivalente (mínimo 3 años).
- Fotocopia de la tarjeta de residencia, si ya se encuentra en España.
Documentos del empleador:
- Contrato de trabajo firmado por ambas partes.
- Perfil del puesto de trabajo, detallando requisitos y condiciones.
- Formulario de solicitud MIT firmado digitalmente por el representante de la empresa.
- Declaración de responsabilidad de cumplimiento fiscal y de Seguridad Social.
Nota importante: Todos los documentos extranjeros deben estar traducidos al español y legalizados o apostillados según el Convenio de La Haya.
📍 ¿Dónde Se Tramita?
- En España:
- Ante la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos (UGE).
- Plazo de resolución: Solo 20 días desde la presentación de la solicitud.
- Desde el país de origen:
- En el Consulado español correspondiente a tu lugar de residencia legal, solicitando un visado previo para entrar en España.
- Plazo de resolución aproximado: 1,5 meses.
⏳ Pasos Posteriores a la Concesión
- Si la solicitud es aprobada desde el país de origen:
- El trabajador tiene un mes para solicitar el visado en el consulado.
- El visado debe ser recogido en un mes (si no, se entenderá como renuncia).
- Una vez en España, el trabajador tiene tres meses para ser dado de alta en la Seguridad Social.
- En el plazo de un mes desde el alta, deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
🔑 Ventajas de Esta Residencia
- Resolución rápida: 20 días si se tramita en la UGE en España.
- Acceso a una residencia inicial de tres años, renovable por dos más.
- Permite a familiares solicitar la residencia conjunta.
- Posibilidad de gestionar la solicitud desde España o desde el extranjero.
- Acceso a derechos laborales y beneficios sociales en España.
🤝 Confía en González & Pulido Abogados
En González & Pulido Abogados, te ayudamos a gestionar tu residencia para profesionales altamente cualificados de forma ágil y sin complicaciones:
- Asesoramiento integral.
- Preparación y revisión de toda la documentación necesaria.
- Gestión profesional ante la UGE o el consulado correspondiente.
Algunos casos de éxito
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