¡Atención! Ya está disponible la nueva hoja informativa 2025 sobre la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por arraigo sociolaboral, actualizada conforme al Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024.
Desde González & Pulido Abogados, especialistas en extranjería en Madrid, te explicamos todos los detalles para que puedas regularizar tu situación con éxito en 2025.
💡 ¿Qué es el arraigo sociolaboral?
Es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales dirigida a extranjeros que:
- Han vivido en España durante al menos 2 años de forma continuada, y
- Aportan uno o varios contratos de trabajo que cumplan con el salario mínimo o lo establecido en convenio, con al menos 20 horas semanales.
Esta figura permite regularizar tu situación y trabajar legalmente en España.
✅ Requisitos principales (2025)
- 2 años de permanencia continuada en España (no cuenta el tiempo como solicitante de asilo).
- No ser ciudadano de la UE ni familiar beneficiario del régimen comunitario.
- No tener antecedentes penales ni figurar como rechazable.
- Contrato(s) firmados que aseguren al menos 20h/semana y salario conforme al SMI o convenio.
- Empleador/es con medios económicos suficientes y al corriente de sus obligaciones fiscales.
- No estar dentro de un plazo de compromiso de no retorno (en su caso).
- Pagar la tasa oficial del modelo 790, código 052.
📋 Documentación exigible
- Solicitud modelo EX-10.
- Pasaporte completo.
- Prueba de los 2 años de permanencia.
- Certificado de antecedentes penales (últimos 5 años).
- Contrato(s) de trabajo firmados.
- Documentos del empleador (NIF, escrituras, IRPF, IVA, informe de vida laboral, etc.).
- Títulos o acreditaciones profesionales (cuando se exijan).
- Documentación traducida y legalizada/apostillada si es extranjera.
🛠 Procedimiento de solicitud
- Presentación: presencial o telemática (Mercurio).
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Silencio administrativo: negativo si no hay respuesta.
- Alta en Seguridad Social: dentro del mes siguiente a la notificación.
- TIE: solicitarla en la comisaría en un mes tras la resolución.
💼 ¿Qué derechos otorga esta autorización?
- Derecho a trabajar por cuenta ajena y propia sin limitación territorial ni ocupacional.
- Duración inicial de 1 año, prorrogable anualmente.
- Posibilidad de modificar a residencia y trabajo inicial o renovar si se demuestra búsqueda activa de empleo.
🤝 Regulariza tu situación con ayuda profesional
En González & Pulido Abogados te ayudamos a:
✔ Revisar si cumples los requisitos.
✔ Preparar todo el expediente con documentación adecuada.
✔ Presentar tu solicitud sin errores ni retrasos.
¡Solicita tu arraigo sociolaboral con el nuevo reglamento de extranjería 2025!
Confía en abogados expertos en extranjería en Madrid.
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