Nacionalidad española por residencia
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¿Qué es la nacionalidad española por residencia?
La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a una persona con un Estado, otorgando derechos y estableciendo obligaciones. En España, una de las vías para adquirir la nacionalidad es a través de la residencia legal y continuada, cumpliendo con los requisitos establecidos por la ley.
Este procedimiento permite a los extranjeros que han residido en España durante un periodo específico regularizar su estatus como ciudadanos españoles, accediendo así a todos los derechos y beneficios que esto conlleva.
Requisitos para obtener la nacionalidad por residencia
Para personas con la condición de refugiado.
Para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
- Haber nacido en territorio español.
- No haber ejercido debidamente el derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
- Haber estado sujeto a tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución española durante dos años consecutivos.
- Estar casado con un ciudadano español durante al menos un año, sin estar separado legalmente.
- Ser viudo de un ciudadano español, siempre que no estuvieran separados al momento del fallecimiento.
- Ser descendiente de españoles nacidos fuera de España.
Además, es necesario acreditar:
- Buena conducta cívica.
- Grado suficiente de integración en la sociedad española.
¿Quién puede solicitar la nacionalidad por residencia?
Documentación necesaria para solicitar la nacionalidad por residencia
- Modelo de solicitud normalizado.
- Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) o certificado del Registro Central de Extranjeros.
- Pasaporte completo y en vigor del país de origen.
- Certificado de nacimiento traducido y legalizado.
- Certificado de antecedentes penales del país de origen, traducido y legalizado.
- Justificante del pago de la tasa correspondiente.
- Certificado de empadronamiento o autorización para consulta al Ministerio de Justicia.
- Diplomas de las pruebas CCSE y DELE del Instituto Cervantes (si corresponde).
- Modelo de solicitud firmado por los representantes legales.
- Certificado de nacimiento del país de origen, legalizado y traducido.
- Documento identificativo de los representantes legales.
- Certificado de centro de formación o acogida que acredite la integración.
- Refugiados: Certificado de la Oficina de Asilo y Refugio.
- Casados con españoles: Certificado literal de matrimonio y certificado de convivencia.
- Viudos de españoles: Certificados de matrimonio, nacimiento y defunción del cónyuge.
- Descendientes de españoles: Certificados de nacimiento del padre/madre o abuelos.
¿Cómo funciona el proceso?
Reunir documentación
Recopilar todos los certificados, traducciones y legalizaciones necesarias.
Presentación de la solicitud
Pago de la tasa correspondiente.
Se debe abonar la tasa correspondiente a la solicitud requerida.
Espera de resolución
El Ministerio de Justicia estudia el expediente y emite resolución.
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