💡 ¿Tienes una autorización de residencia y trabajo en España que está por vencer?

En mayo de 2025 se ha publicado la nueva hoja informativa oficial que regula la renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, ya adaptada al nuevo Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024. Aquí te explicamos los requisitos, documentación y procedimiento actualizado.

✅ ¿Qué regula esta hoja informativa?

Esta hoja recoge todo lo necesario para renovar tu permiso de residencia temporal con autorización para trabajar por cuenta ajena, aclarando los distintos supuestos posibles, la documentación a aportar y los nuevos plazos y derechos, conforme al marco legal vigente en 2025.

📋 Requisitos generales

  • No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza.
  • Carecer de antecedentes penales.
  • No figurar como rechazable ni suponer una amenaza para la salud o seguridad pública.
  • Escolarización acreditada de menores a cargo.
  • Acreditar una de las siguientes situaciones:
    • Continuar con la misma relación laboral.
    • Haber trabajado al menos 3 meses por año y:
      • Tener nuevo contrato o estar de alta en Seguridad Social.
      • Haber perdido el empleo por causas ajenas y estar inscrito como demandante.
    • Estar cobrando prestación por desempleo o ayuda asistencial.
    • Haber trabajado 9 de los últimos 12 meses.
    • Cumplir requisitos económicos a través de un familiar.
    • Haber cesado la relación laboral por ser víctima de violencia de género o sexual.

🧾 Documentación exigida

  • Modelo oficial EX-03 firmado.
  • Pasaporte completo vigente.
  • Informe de escolarización (si hay menores a cargo).
  • Documentos justificativos según el supuesto que se alegue:
    • Contrato de trabajo nuevo o vigente.
    • Informe del SEPE o prestación contributiva.
    • Acreditación de violencia de género (orden de protección o informe fiscal/policial).
    • Medios económicos del familiar y vínculo.
  • Informes de integración autonómicos (opcional si no se cumplen algunos requisitos).
  • Traducción jurada y legalización/apostilla si procede.

🛠 Procedimiento paso a paso (2025)

  1. Sujeto legitimado: el propio trabajador.
  2. Presentación: presencial en Extranjería o por vía electrónica (Mercurio).
  3. Plazo: desde 2 meses antes hasta 3 meses después de la expiración del permiso.
  4. La presentación en plazo prorroga automáticamente la vigencia de la autorización anterior.
  5. Tasas:
    • Modelo 790 código 052 (trabajador): renovación de residencia.
    • Modelo 790 código 062 (empleador): renovación/modificación de autorización de trabajo.
  6. Plazo de resolución: 3 meses. Si no hay respuesta, se entiende concedida por silencio administrativo positivo.
  7. Vigencia: 4 años salvo que proceda una autorización de larga duración.
  8. La renovación autoriza a trabajar por cuenta ajena o propia en todo el territorio nacional.

🪪 TIE y documentación final

Tras la concesión, el trabajador deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en el plazo de un mes desde la notificación, en la comisaría de policía correspondiente.

🤝 ¿Qué cambia en 2025?

  • Se actualiza el procedimiento al nuevo Reglamento de Extranjería RD 1155/2024.
  • Se incorporan nuevos supuestos sociales, familiares y de protección.
  • Se garantiza el silencio administrativo positivo en caso de no resolución.
  • Se extiende la autorización para trabajar por cuenta propia también tras la renovación.
2. STS 428_2025
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En González Pulido Abogados somos expertos en extranjería y podemos acompañarte paso a paso, conforme a la normativa actualizada en 2025.

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