Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería en 2025, el tradicional arraigo familiar ha sido sustituido por una figura más clara y regulada: la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano español, conforme al Real Decreto 1155/2024.
En González & Pulido Abogados, especialistas en extranjería en Madrid, te explicamos cómo acceder a esta residencia, quién puede solicitarla y qué documentos necesitas para conseguirla con éxito.
💡 ¿Qué es la Tarjeta de Residencia como Familiar de Ciudadano Español?
Es una autorización de residencia y trabajo en España que se concede a familiares de ciudadanos españoles, sin necesidad de trámites adicionales. Tiene una duración inicial de 5 años y permite trabajar por cuenta ajena o propia.
✅ ¿Quién puede solicitar esta residencia en 2025?
Según el artículo 97 del nuevo Reglamento, la solicitud puede presentarse:
- En España por el ciudadano español si el familiar está fuera.
- En el Consulado de España si ambos están fuera.
- En España directamente si ambos ya están aquí, en casos como:
- Cónyuges o parejas de hecho.
- Hijos menores de 26 años o dependientes.
- Ascendientes (padres).
- Hijos de españoles de origen.
- Otros familiares dependientes (según el artículo 94).
📋 Documentación esencial
- Pasaporte completo (ciudadano español y familiar).
- Certificado de matrimonio, nacimiento, o pareja registrada.
- Empadronamiento conjunto.
- Certificado de antecedentes penales y certificado médico (en su caso).
- Toda documentación extranjera debe estar apostillada y traducida.
🛠 Procedimiento de solicitud
- Desde España: ante la Oficina de Extranjería.
- Desde el extranjero: en el Consulado español.
- El plazo de resolución es de 2 meses. Si no hay respuesta, se considera denegada por silencio administrativo.
- Una vez concedida, debe solicitarse la TIE en 1 mes.
⏳ Características clave
- Autorización inicial por 5 años.
- Derecho a trabajar desde el primer día.
- Sin necesidad de acreditar oferta de empleo previa.
Posibilidad de reagrupar familiares posteriormente.
En González & Pulido Abogados de Extranjería, preparamos tu expediente conforme a la nueva normativa de 2025, con asesoramiento completo desde el primer paso.
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