Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería en 2025, el tradicional arraigo familiar ha sido sustituido por una figura más clara y regulada: la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano español, conforme al Real Decreto 1155/2024.
En González & Pulido Abogados, especialistas en extranjería en Madrid, te explicamos cómo acceder a esta residencia, quién puede solicitarla y qué documentos necesitas para conseguirla con éxito.

💡 ¿Qué es la Tarjeta de Residencia como Familiar de Ciudadano Español?

Es una autorización de residencia y trabajo en España que se concede a familiares de ciudadanos españoles, sin necesidad de trámites adicionales. Tiene una duración inicial de 5 años y permite trabajar por cuenta ajena o propia.

✅ ¿Quién puede solicitar esta residencia en 2025?

Según el artículo 97 del nuevo Reglamento, la solicitud puede presentarse:

  • En España por el ciudadano español si el familiar está fuera.
  • En el Consulado de España si ambos están fuera.
  • En España directamente si ambos ya están aquí, en casos como:
    • Cónyuges o parejas de hecho.
    • Hijos menores de 26 años o dependientes.
    • Ascendientes (padres).
    • Hijos de españoles de origen.
    • Otros familiares dependientes (según el artículo 94).

📋 Documentación esencial

  • Pasaporte completo (ciudadano español y familiar).
  • Certificado de matrimonio, nacimiento, o pareja registrada.
  • Empadronamiento conjunto.
  • Certificado de antecedentes penales y certificado médico (en su caso).
  • Toda documentación extranjera debe estar apostillada y traducida.

🛠 Procedimiento de solicitud

  • Desde España: ante la Oficina de Extranjería.
  • Desde el extranjero: en el Consulado español.
  • El plazo de resolución es de 2 meses. Si no hay respuesta, se considera denegada por silencio administrativo.
  • Una vez concedida, debe solicitarse la TIE en 1 mes.

⏳ Características clave

  • Autorización inicial por 5 años.
  • Derecho a trabajar desde el primer día.
  • Sin necesidad de acreditar oferta de empleo previa.

Posibilidad de reagrupar familiares posteriormente.

En González & Pulido Abogados de Extranjería, preparamos tu expediente conforme a la nueva normativa de 2025, con asesoramiento completo desde el primer paso.

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