En 2025 entra en vigor una de las reformas más importantes del Reglamento de Extranjería: la nueva residencia temporal para familiares de personas con nacionalidad española, regulada por el Real Decreto 1155/2024 y desarrollada por las Instrucciones SEM 2/2025.

En González & Pulido Abogados, especialistas en extranjería en Madrid, te explicamos en qué consiste este nuevo régimen y cómo solicitarlo correctamente si eres familiar de un ciudadano español.

💡 ¿Qué es la residencia temporal de familiar de ciudadano español?

Es una autorización propia y diferenciada de residencia para los familiares de personas españolas que no han ejercido libre circulación en la UE. Sustituye el uso extensivo del régimen comunitario (RD 240/2007) y aporta seguridad jurídica y claridad.

Se aplica a familiares de españoles tanto si ya residen en España como si desean venir desde el extranjero.

¿A quién se aplica el nuevo régimen en 2025?

  • A familiares de españoles nacionales de terceros países.
  • A titulares anteriores de visados o tarjetas comunitarias, si expresamente lo solicitan.
  • A familiares reagrupados cuya persona reagrupante haya adquirido la nacionalidad española.
  • A españoles que regresen a España tras residir en otros países de la UE.
  • A otros familiares a cargo, acreditando dependencia económica desde el país de origen.

📋 Requisitos principales

  • Cumplir con el vínculo familiar legalmente reconocido.
  • En algunos casos, acreditar convivencia (pareja estable sin hijos u otros familiares a cargo).
  • Contar con medios económicos suficientes según el IPREM.
  • Presentar la documentación requerida en función del tipo de familiar (cónyuge, ascendiente, descendiente, pareja, etc.).

🛠 Duración y efectos de la autorización

  • Se concede por 5 años, salvo que se solicite por un periodo inferior.
  • Si se solicita desde España, tendrá efectos desde la presentación.
  • Si se solicita desde el extranjero, empieza a contar desde la entrada en España tras obtener el visado.

🧾 ¿Qué más regula esta instrucción?

  • El acceso a residencia independiente en casos de divorcio, fallecimiento, o violencia de género.
  • La modificación y renovación de la autorización.
  • La posibilidad de acceder a residencia de larga duración o permanente una vez cumplidos los requisitos.
  • El derecho a reagrupación familiar por parte del titular.

🤝 ¿Cómo podemos ayudarte?

En González & Pulido Abogados, analizamos tu caso y preparamos toda la solicitud conforme al nuevo Reglamento de Extranjería 2025. Evita errores, retrasos o denegaciones.

2. STS 428_2025
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