Residencia por arraigo social

En González Pulido Abogados, especialistas en extranjería en Madrid, te explicamos todo lo que debes saber sobre el nuevo Arraigo Social tras la reforma del Reglamento de Extranjería aprobada mediante Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre.
Conoce los requisitos actualizados para 2025 y cómo regularizar tu situación de forma segura y eficaz.

  • Debes ser cónyuge, hijo o padre de un residente legal en España.
  • Tus familiares deben acreditar medios económicos.
  • Debes demostrar la dependencia económica y convivencia o manutención.
  • Podrás acreditar que dispones de recursos económicos propios en España.
  • Deberás obtener un Informe de Esfuerzo de Integración favorable emitido por la Comunidad Autónoma.
  • Podrás solicitar el Arraigo Social si emprendes una actividad económica.
  • Deberás cumplir los requisitos exigidos para un permiso de trabajo por cuenta propia:
    • Proyecto viable de negocio.
    • Inversión suficiente.
    • Cualificación o experiencia adecuada.
    • Seguro y cumplimiento normativo en materia laboral y de salud pública.
De los últimos cinco años.
Empadronamientos, atenciones médicas, contratos de alquiler, etc.

Propios o de familiares, o plan de negocio si se solicita como cuenta propia.

Solo si no hay vínculos familiares
Según la vía elegida (familiar, medios propios, o emprendimiento).

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