En la regulación española, existen diferentes visados, dependiendo del motivo de la entrada en España, y la duración de la estancia. Estos se dividen en:
1. Visados de larga duración. Son aquellos visados para estancias superiores a 90 días. Te permiten residir y trabajar, estudiar o investigar en España de forma legal.
2. Visados de corta duración. Son los otorgados para estancias inferiores a 90 días. A su vez, dentro de los visados de corta duración podemos diferenciar:
- Visados de tránsito aeroportuario. Habilita a aquellos viajeros que realizan escalas o enlaces de vuelo, a estar en la zona de tránsito internacional de un aeropuerto español o a atravesar el territorio español con este objetivo.
- Visados uniformes. Permite la estancia durante un periodo máximo de 90 días en todos aquellos países del territorio Schengen, sin necesidad de solicitar un nuevo visado cada vez que se viaje a otro país de dicho territorio.
- Visados de validez territorial limitada. Permite la estancia durante un periodo máximo de 90 días, pero solo para uno o varios países determinados del territorio Schengen, pero no para todos ellos como el visado uniforme.
3. Visados de gestión colectiva de contrataciones en origen.
4. Visados de búsqueda de empleo para hijos o nietos de españoles de origen. Tienen la duración de tres meses, y permite a los hijos o nietos de españoles de origen desplazarse a España para buscar un empleo y solicitar la autorización de residencia
Si quieres obtener uno de estos visados, ponte en contacto con nuestros expertos en Extranjería.
Te ayudaremos. La primera consulta en gratuita.