Residencia del hijo de residente legal no nacido en España

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Autorización de Residencia para Menores Extranjeros no Nacidos en España

En González & Pulido Abogados, especialistas en extranjería, te ayudamos a gestionar la autorización de residencia para menores extranjeros no nacidos en España, hijos de residentes legales. Este permiso es fundamental para garantizar los derechos legales de los menores y su integración en el sistema social y educativo español.

💡 ¿Qué es la Autorización de Residencia para Menores Extranjeros?

Es un permiso que se concede a menores de edad extranjeros no nacidos en España, hijos de residentes legales o menores sujetos a la tutela legal de ciudadanos o instituciones en España. Este permiso garantiza su derecho a residir y acceder a los beneficios sociales y educativos en el país.

Ventajas principales:

  • Igual autorización de residencia que la de sus progenitores o tutores.
  • Habilitación para trabajar cuando alcancen la edad laboral.

📜 Normativa Aplicable

  • Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España (artículos 16 al 19 y 31).
  • Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículo 186).

Requisitos para Solicitar la Residencia para Menores Extranjeros

  1. Condiciones Generales:
    • No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza.
    • Acreditar una permanencia continuada en España de al menos dos años.
    • Que el progenitor o tutor tenga residencia legal en España.
  2. Condiciones Económicas y de Vivienda:
    • Los padres o tutores deben acreditar ingresos suficientes para cubrir las necesidades de la familia:
      • 150 % del IPREM mensual para dos miembros (padre/madre y menor).
      • 50 % adicional del IPREM por cada miembro adicional.
    • Disponer de vivienda adecuada, acreditada mediante un informe de habitabilidad emitido por la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento.
  3. Escolarización:
    • Para menores en edad de escolarización obligatoria, es necesario acreditar que han estado matriculados en un centro educativo durante su permanencia en España.

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📋 Documentación Necesaria

  1. Formulario EX-01, debidamente cumplimentado y firmado.
  2. Copia del pasaporte completo o título de viaje del menor.
  3. Certificado que acredite el parentesco con el residente legal o la tutela legal con ciudadano o institución.
  4. Documentación de permanencia en España:
    • Certificados de empadronamiento que acrediten los dos años de residencia continuada.
    • Matrícula escolar en el caso de menores en edad de escolarización.
  5. Prueba de ingresos:
    • Por cuenta ajena: contrato de trabajo y declaración del IRPF.
    • Por cuenta propia: acreditación de la actividad y declaración del IRPF.
    • Sin actividad lucrativa: cheques certificados, extractos bancarios, o cartas de crédito.
  6. Informe de vivienda adecuada:
    • Emitido por la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento, detallando el estado y uso de la vivienda.
  7. Autorización del otro progenitor, si aplica, para que el menor resida en España.

Nota: Todos los documentos extranjeros deben estar traducidos al español y legalizados o apostillados según el Convenio de La Haya.

📍 ¿Dónde y Cómo Presentar la Solicitud?

  1. Lugar de Presentación:
    • En la Oficina de Extranjería de la provincia donde resida el menor.
  2. Tasas:
    • Modelo 790, Código 052, epígrafe 2.1: Autorización inicial de residencia temporal.
  3. Plazo de Resolución:
    • 45 días hábiles desde la presentación. (Si no se notifica resolución en este plazo, se entenderá desestimada.)
  4. Solicitud de la TIE:
    • Una vez concedida la autorización, el tutor debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en un plazo de un mes.

🔑 Ventajas de la Autorización de Residencia para Menores Extranjeros

  1. Acceso a derechos sociales y educativos: Igualdad de condiciones con otros residentes legales en España.
  2. Derecho a trabajar: Cuando los menores alcancen la edad laboral, estarán habilitados para trabajar sin necesidad de trámites adicionales.
  3. Estabilidad familiar y legal: Vinculación con la autorización de residencia de los progenitores o tutores.

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En González & Pulido Abogados, te ayudamos a gestionar la residencia de menores extranjeros en España de manera eficiente y sin complicaciones:

  • Asesoramiento personalizado.
  • Revisión y preparación de toda la documentación necesaria.
  • Gestión completa de la solicitud ante la Oficina de Extranjería.

Algunos casos de éxito

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