
Arraigo Sociolaboral en España 2025: Requisitos y Procedimiento Actualizado
¿Quieres regularizar tu situación en España a través del arraigo sociolaboral? Con la entrada en vigor del Real Decreto 1155/2024, el procedimiento se ha actualizado para facilitar tu acceso a una residencia legal. En González Pulido Abogados, expertos en extranjería, te explicamos todo lo que necesitas saber para solicitar tu arraigo sociolaboral en 2025 de manera segura y efectiva.
💡 ¿Qué es el Arraigo Sociolaboral?
El arraigo sociolaboral es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales destinada a las personas extranjeras que han permanecido en España de forma continuada durante al menos dos años y que disponen de uno o varios contratos de trabajo que acrediten su integración social y económica.
Con esta autorización podrás residir y trabajar legalmente en España.
📜 Normativa Aplicable en 2025
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
- Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, que aprueba el nuevo Reglamento de Extranjería.
✅ Requisitos Generales para el Arraigo Sociolaboral
Para solicitar esta autorización debes cumplir todos los siguientes requisitos:
- Permanecer en España de forma continuada durante al menos dos años antes de la solicitud (no computa el tiempo como solicitante de protección internacional).
- No ser solicitante de protección internacional en el momento de la solicitud ni durante su tramitación.
- No tener antecedentes penales en España ni en los países donde hayas residido en los últimos cinco años.
- No representar una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública.
- No figurar como rechazable en el espacio territorial de países con acuerdos de devolución con España.
- No estar afectado por un compromiso de no retorno.
- Haber abonado la tasa de tramitación correspondiente.
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📋 Requisitos Específicos para el Arraigo Sociolaboral
Deberás presentar:
- Uno o varios contratos de trabajo que:
- Garanticen el salario mínimo interprofesional (SMI) o el salario establecido por convenio.
- Sumados, representen al menos 20 horas semanales de jornada laboral.
✅ Se admiten varios contratos si:
- Se trata de trabajos de temporada o productivos estacionales.
- Se trabaja de manera parcial y simultánea para más de un empleador.
⚠️ El empleador debe cumplir las condiciones exigidas en el artículo 74 del Reglamento de Extranjería, salvo la obligación de ofertar el puesto en el SEPE.
🛠 Procedimiento de Solicitud
- Solicitud personal ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde residas.
- Documentación principal:
- Copia completa del pasaporte en vigor.
- Contrato o contratos de trabajo firmados.
- Documentación que acredite los dos años de residencia irregular en España (empadronamientos, informes municipales, historiales médicos, etc.).
- Certificado de antecedentes penales del país de origen y países donde hayas residido en los últimos cinco años (salvo dispensa por permanencia en España de cinco años o más).
- Tiempo de resolución: 3 meses desde la presentación de la solicitud.
- Obligación posterior: Tras la concesión, deberás solicitar tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en un mes.
🔑 Beneficios del Arraigo Sociolaboral
- Obtención de permiso de residencia y trabajo.
- Posibilidad de acceder después a la residencia de larga duración en España.
- Facilita el camino hacia la nacionalidad española si cumples los requisitos de tiempo de residencia legal.
🤝 ¿Cómo Puede Ayudarte González Pulido Abogados?
En González Pulido Abogados, te ofrecemos:
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Algunos casos de éxito
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