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Nacionalidad Española por Residencia: Guía Completa

¿Estás interesado en adquirir la nacionalidad española? En González & Pulido Abogados, especialistas en extranjería y nacionalidad en Madrid, te ofrecemos asesoramiento integral para garantizar que cumplas con todos los requisitos y completes con éxito el proceso. Confía en los mejores abogados de extranjería en Madrid para hacer realidad tu objetivo de obtener la nacionalidad española.

💡 ¿Qué es la Nacionalidad Española por Residencia?

La nacionalidad es el vínculo jurídico que une a una persona con un Estado, otorgando derechos y estableciendo obligaciones. En España, una de las vías para adquirir la nacionalidad es a través de la residencia legal y continuada, cumpliendo con los requisitos establecidos por la ley.

Este procedimiento permite a los extranjeros que han residido en España durante un periodo específico regularizar su estatus como ciudadanos españoles, accediendo así a todos los derechos y beneficios que esto conlleva.

📜 Requisitos para Obtener la Nacionalidad por Residencia

En general, se requiere una residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud durante diez años. Sin embargo, este periodo puede reducirse en los siguientes casos:

  • Cinco años: Para personas con la condición de refugiado.
  • Dos años: Para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.
  • Un año:
    • Haber nacido en territorio español.
    • No haber ejercido debidamente el derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.
    • Haber estado sujeto a tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución española durante dos años consecutivos.
    • Estar casado con un ciudadano español durante al menos un año, sin estar separado legalmente.
    • Ser viudo de un ciudadano español, siempre que no estuvieran separados al momento del fallecimiento.
    • Ser descendiente de españoles nacidos fuera de España.

Además, es necesario acreditar:

  • Buena conducta cívica.
  • Grado suficiente de integración en la sociedad española.

¿Quién Puede Solicitar la Nacionalidad por Residencia?

  • Mayores de 18 años o menores emancipados.
  • Mayores de 14 años, asistidos por su representante legal.
  • Representantes legales de menores de 14 años.
  • Personas con capacidad modificada judicialmente, por sí mismas o a través de su representante legal, según lo que determine la sentencia de incapacitación.

Evita demoras innecesarias y asegura tu ciudadanía española con los mejores abogados en Madrid. ¡Estamos aquí para ayudarte! Contáctanos para resolver cualquier duda y gestionar tu solicitud de forma eficiente y profesional.

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📋 Documentación Necesaria para Solicitar la Nacionalidad por Residencia

Documentación General para Mayores de Edad:

  1. Modelo de solicitud normalizado.
  2. Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) o certificado del Registro Central de Extranjeros.
  3. Pasaporte completo y en vigor del país de origen.
  4. Certificado de nacimiento traducido y legalizado.
  5. Certificado de antecedentes penales del país de origen, traducido y legalizado.
  6. Justificante del pago de la tasa correspondiente.
  7. Certificado de empadronamiento o autorización para consulta al Ministerio de Justicia.
  8. Diplomas de las pruebas CCSE y DELE del Instituto Cervantes (si corresponde).

Documentación para Menores de Edad o Personas con Capacidad Modificada Judicialmente:

  • Modelo de solicitud firmado por los representantes legales.
  • Certificado de nacimiento del país de origen, legalizado y traducido.
  • Documento identificativo de los representantes legales.
  • Certificado de centro de formación o acogida que acredite la integración.

Documentación Adicional Según el Caso:

  • Refugiados: Certificado de la Oficina de Asilo y Refugio.
  • Casados con españoles: Certificado literal de matrimonio y certificado de convivencia.
  • Viudos de españoles: Certificados de matrimonio, nacimiento y defunción del cónyuge.
  • Descendientes de españoles: Certificados de nacimiento del padre/madre o abuelos.

💼 Proceso de Solicitud

  1. Reunión de toda la documentación requerida.
  2. Presentación de la solicitud: Puede realizarse en línea o de forma presencial.
  3. Pago de la tasa correspondiente.
  4. Espera de la resolución: El Ministerio de Justicia notificará la decisión.

En González & Pulido Abogados, te acompañamos en cada paso, asegurándonos de que toda tu documentación esté en orden y que tu solicitud sea presentada correctamente.

Algunos casos de éxito

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