
Autorización de Residencia y Trabajo por Cuenta Propia en España: Guía Completa
En González & Pulido Abogados, somos especialistas en extranjería y trámites migratorios. Si deseas emprender en España como trabajador autónomo, te explicamos los requisitos, el procedimiento y los pasos para obtener la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia. Confía en los mejores abogados de extranjería en Madrid para garantizar un proceso rápido y efectivo.
💡 ¿Qué es la Autorización de Residencia y Trabajo por Cuenta Propia?
Esta autorización permite a un extranjero no residente en España establecerse en el país para desarrollar una actividad lucrativa de forma independiente. Es una autorización temporal que exige cumplir con requisitos específicos establecidos por la normativa española.
📜 Normativa Aplicable
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España (artículos 25 bis, 36 y 37).
- Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos 103 a 109).
✅ Requisitos para Solicitar la Autorización
Para obtener la autorización, el solicitante debe cumplir con los siguientes requisitos:
- No ser ciudadano de la UE, EEE o Suiza, ni familiar de estos.
- No encontrarse irregularmente en territorio español.
- Carecer de antecedentes penales en España y en los países de residencia de los últimos cinco años.
- No tener prohibida la entrada en España ni figurar como rechazable en países con convenios de readmisión con España.
- No estar dentro del plazo de compromiso de no retorno a España, si aplica.
- Cumplir con los requisitos legales para la apertura y funcionamiento de la actividad proyectada.
- Poseer cualificación profesional o experiencia acreditada en la actividad, y, si corresponde, colegiación profesional.
- Acreditar una inversión suficiente y, en su caso, demostrar la creación de empleo, incluyendo el autoempleo.
- Abonar las tasas correspondientes para la tramitación de la autorización de residencia y trabajo.
📋 Documentación Necesaria
Para presentar la solicitud, se debe aportar:
- Formulario EX-07 (duplicado), debidamente cumplimentado y firmado.
- Copia completa del pasaporte en vigor.
- Autorizaciones o licencias necesarias para la actividad proyectada, según corresponda.
- Documentos de cualificación profesional o experiencia acreditada para el ejercicio de la actividad.
- Documentación sobre la inversión prevista, incluyendo su impacto en la creación de empleo, como autoempleo.
- Informe de valoración emitido por una de las siguientes organizaciones:
- Federación Nacional de Asociaciones de Empresarios y Trabajadores Autónomos (ATA).
- Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA).
- Confederación Intersectorial de Autónomos del Estado Español (CIAE).
- Organización de Profesionales y Autónomos (OPA).
- Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (UATAE).
- Traducción y legalización de documentos extranjeros: Los documentos en otros idiomas deben estar traducidos al español y legalizados o apostillados según el Convenio de La Haya.
Si necesitas ayuda con la solicitud de arraigo familiar o cualquier otro procedimiento de extranjería en España, en González & Pulido Abogados contamos con un equipo de abogados especializados que te asesorarán en todo momento. Contáctanos para resolver cualquier duda y gestionar tu solicitud de forma eficiente y profesional.
Contáctanos sin compromiso, te ayudaremos💼 Procedimiento para Solicitar la Autorización
- Presentación de la solicitud: Debe realizarla el propio extranjero personalmente, en la misión diplomática u oficina consular española correspondiente a su lugar de residencia.
- Abono de tasas:
- Modelo 790 Código 052: Autorización inicial de residencia temporal.
- Modelo 790 Código 062: Autorización de trabajo por cuenta propia.
- Plazo de resolución: La Administración tiene un plazo de tres meses para resolver. En caso de no hacerlo, la solicitud se considera desestimada por silencio administrativo.
📍 Importante: Solicitud en el Consulado y Visado Previo
La autorización debe gestionarse en el consulado correspondiente al domicilio del solicitante. Es esencial que el interesado obtenga el visado de residencia y trabajo por cuenta propia para ingresar a España y ejercer su actividad.
Pasos posteriores a la concesión del visado:
- Solicitud del visado: Una vez concedida la autorización, el trabajador tiene un mes para solicitar el visado en el consulado correspondiente.
- Entrada en España: El visado permite la entrada y permanencia en España en situación de estancia hasta la afiliación y alta en la Seguridad Social.
- TIE: Tras darse de alta en la Seguridad Social, el solicitante dispone de un mes para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE).
⏳ Plazos Posteriores a la Concesión del Visado
- Entrada a España: El trabajador debe entrar al país dentro del plazo de validez del visado, que es de tres meses.
- Afiliación a la Seguridad Social: Debe realizarse dentro de los tres meses siguientes a la entrada.
- Solicitud de la TIE: Dentro del mes posterior al alta en Seguridad Social.
📋 Documentación Necesaria para la TIE
- Formulario EX-17, cumplimentado y firmado.
- Justificante del abono de la tasa correspondiente.
- Acreditación del alta en Seguridad Social.
- Fotografía reciente en color, fondo blanco, tamaño carné.
- Pasaporte vigente.
🔑 Ventajas de Obtener esta Autorización
- Permite desarrollar una actividad económica como trabajador autónomo en España.
- Posibilidad de renovación o transformación en una residencia de larga duración si se cumplen los requisitos establecidos.
- Acceso a los derechos y beneficios sociales en España como residente legal.
Algunos casos de éxito
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