STS 491/2025, Sala de lo Penal

🗕 Fecha: 29 de mayo de 2025
🧑‍⚖️ Ponente: Antonio del Moral García
📂 Recurso de casación 5227/2022

💡 ¿Por qué es relevante esta sentencia?

El Tribunal Supremo resuelve dos cuestiones cruciales en esta sentencia:

  1. La validez de la declaración preconstituida (grabada) que no se reproduce en el juicio oral, cuando ha sido practicada con todas las garantías.
  2. La necesidad de que el tribunal de apelación resuelva todos los motivos planteados, sin que pueda el Tribunal Supremo sustituir esa labor, ya que lo contrario vulnera el derecho de defensa.

✅ ¿Qué resolvió el Tribunal?

El caso trataba de una declaración grabada de un menor víctima de abuso sexual. La Audiencia dictó sentencia absolutoria alegando que no se reprodujo el vídeo en juicio. El Tribunal Supremo anula esa decisión por dos razones:

📌 Sobre la prueba preconstituida:

  • Fue propuesta, admitida y aceptada por todas las partes.
  • No se reprodujo en juicio oral, pero fue conocida por todos.
  • El TS confirma que su valoración es válida (art. 726 LECrim), sin que se infrinja el principio de inmediación.

📌 Sobre el derecho de defensa:

  • La Audiencia Provincial solo resolvió sobre un motivo (la prueba), sin entrar a valorar los demás.
  • El Supremo subraya que no puede resolver directamente sobre el fondo sin que antes lo haga la Audiencia, ya que eso privaría a la defensa de su derecho a impugnar el fallo de apelación.

📋 ¿Qué doctrina fija esta sentencia?

  • No siempre es necesaria la reproducción de declaraciones grabadas si han sido practicadas correctamente y las partes las conocen.
  • El Tribunal de apelación debe resolver todos los motivos planteados. Si no lo hace, el Supremo no puede suplir esa función sin vulnerar el derecho de defensa (art. 24 CE).

“El tribunal de casación no puede asumir competencias que corresponden al tribunal de apelación sin que ello afecte a la garantía del doble grado y al derecho de defensa.” — STS 491/2025

🛠 Consecuencias prácticas

Esta sentencia refuerza dos pilares del proceso penal:

  • La validez de la declaración preconstituida en casos especialmente sensibles como delitos sexuales contra menores.
  • La exigencia de una tutela judicial completa, respetando el derecho del acusado a impugnar todas las resoluciones en segunda instancia.
STS_298_2020
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