Pueden obtener la tarjeta de residencia permanente los siguientes familiares de un ciudadano español o de algún otro estado miembro de la UE.
- El cónyuge, siempre que no estén divorciados o declarado nulo el divorcio.
- La pareja de hecho siempre que este inscrito en un registro público, siempre que no se haya cancelado la inscripción. Puede obtener la tarjeta las parejas de hecho no registradas siempre y cuando puedan demostrar una relación establece durante un periodo extenso de tiempo.
- Los descendientes directos y los de su cónyuge o pareja registrada, si son menores de 21 años; o si son mayores de 21 años, siempre y cuando vivan a cargo del familiar o el ciudadano de la Unión Europea.
- Los ascendientes directo, y a los de su cónyuge o pareja registrada, siempre que vivan a cargo del familiar o ciudadano de la Unión Europea.
- Los miembros de la familia que en el país de procedencia hubieran estado a cargo o vivieran con el ciudadano de la Unión.
- Los miembros de la familia que por motivos graves de salud o discapacidad es estrictamente necesario que están al cuidado del ciudadano de la Unión Europea..
¿QUÉ REQUISITOS SE EXIGEN PARA LA CONCESIÓN DE LA TARJETA DE RESIDENCIA PERMANENTE DE FAMILIAR DE CIUDADANO DE LA UE?
La normativa establece varios supuestos que pueden dar lugar a la obtención de la tarjeta de residencia permanente. Dependiendo del supuesto los requisitos exigidos son distintos.
SUPUESTO A: Ser miembro de la familia y haber residido legalmente en España durante un periodo continuado de 5 años, siempre que se mantenga el vinculo familiar que dio derecho a la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la UE.
En este supuesto el ciudadano español o de la Unión tiene que cumplir uno de los siguientes requisitos:
- Ser y haber sido trabajador por cuenta ajena o propia en España.
- Disponer para sí y para los miembros de su familia de recursos económicos suficientes, y contar con un seguro de enfermedad público o privado equivalente al proporcionado por el Sistema Nacional de Salud.
- Ser y haber sido estudiante matriculado en un centro público o privado, contar con contar con un seguro de enfermedad público o privado equivalente al proporcionado por el Sistema Nacional de Salud y realizar una declaración de responsable de que dispone de recursos económicos suficientes para él y su familia.
Ejemplo: Juan (peruano) es marido de Yolanda (española). Juan ha estado residiendo los últimos cinco años en España con su tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión. Yolanda ha estado trabajando los últimos cinco años para una empresa. En este supuesto Juan puede obtener la residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión.
SUPUESTO B: Haber residido en España como miembro de la familia de ciudadano de la Unión que es trabajador por cuenta ajena o propia, y haya adquirido el derecho a residencia permanente antes de que finalice el periodo de residencia de 5 años.
Ejemplo: Juan (peruano) es marido de Yolanda (francesa). Juan lleva residiendo 3 años en España con su tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión. Yolanda que lleva 5 años residiendo en España acaba de obtener su tarjeta de residencia permanente de ciudadano de la Unión, y trabaja para una empresa. En este supuesto Juan puede obtener la residencia permanente de familiar de ciudadano de la Unión.
SUPUESTO C: Aquel que ha mantenido el derecho de residencia de ciudadano de la Unión cuando:
- Ha fallecido el ciudadano de la Unión.
- Se ha divorciado del ciudadano de la Unión o se ha cancelado la inscripción de la pareja de hecho.
En este caso el familiar del ciudadano de la Unión debe cumplir alguno de los siguientes requisitos:
- Ser y haber sido trabajador por cuenta ajena o propia en España.
- Disponer para sí y para los miembros de su familia de recursos económicos suficientes, y contar con un seguro de enfermedad público o privado equivalente al proporcionado por el Sistema Nacional de Salud.
- Ser y haber sido estudiante matriculado en un centro público o privado, contar con contar con un seguro de enfermedad público o privado equivalente al proporcionado por el Sistema Nacional de Salud y realizar una declaración de responsable de que dispone de recursos económicos suficientes para él y su familia.
Ejemplo: Juan (peruano) es marido de Yolanda (española). Yolanda fallece cuando Juan lleva 1 año de residencia en España y 4 años casados con Yolanda. Juan tras el fallecimiento de Yolanda adquirió su tarjeta de ciudadano de la UE a título personal. Durante toda su residencia en España Juan ha trabajado para una empresa. Juan tiene derecho a solicitar su tarjeta de residencia permanente.
SUPUESTO D: Cuando el ciudadano de la Unión fallece antes de adquirir la residencia permanente, mientras que su familiar sigue residiendo en España. Siempre que además se dé alguno de los siguientes requisitos:
- Que el ciudadano de la Unión hubiera residido de forma continuada en España al menos 2 años.
- Que el fallecimiento sea por un accidente de trabajo o enfermedad profesional.
- Que el cónyuge del ciudadano de la Unión fuera español y hubiera perdido la nacionalidad española como consecuencia del matrimonio con el fallecido.
Ejemplo: Juan (peruano) es marido de Yolanda (francesa). Yolanda fallece cuando lleva 3 años de residencia continuada en España. Juan puede solicitar la residencia permanente.